Javier Milei promulgó la Ley 27.828, que modifica el Régimen de Zona Fría y fue publicada este martes 13 de octubre en el Boletín Oficial. El Decreto 1161/2026 está fechado el 9 de octubre y lleva también las firmas de Diego Santilli y Juan Bautista Mahiques. La sanción del Congreso corresponde al 24 de septiembre: la novedad de este corte es la publicación y entrada en vigencia, no una nueva votación.
La norma combina criterios geográficos y socioeconómicos para la bonificación adicional al gas. El lugar de residencia no será el único dato del esquema: también importan la inscripción, los consumos base y las condiciones previstas para los hogares. Ese cambio pone el foco en quién accede a la ayuda y en las decisiones que deberá tomar la autoridad de aplicación.
Ubicación e ingresos en el nuevo esquema
El artículo 1 distingue las compensaciones para la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna de una bonificación adicional para usuarios residenciales de otras subzonas bioambientales. Esta última queda dentro del Régimen de Subsidios Focalizados, exige inscripción y se aplica sobre los consumos base, además de las condiciones enumeradas por la ley.
Entre esos criterios aparecen ingresos netos del hogar de hasta tres Canastas Básicas Totales para la tipología “Hogar 2” del INDEC. La ley también contempla otras situaciones sociales específicas. No se calcula aquí un umbral en pesos ni se determina la elegibilidad de hogares particulares: para eso hacen falta los valores y procedimientos aplicables a cada período.
Para la Patagonia, Malargüe y la Puna, el nuevo artículo 3 mantiene la continuidad de beneficios y deja al Poder Ejecutivo, o a la autoridad de aplicación, la determinación de sus modalidades. El texto nuevo no permite atribuir desde este corte un porcentaje de ahorro efectivo a todas las facturas.

La publicación no mide el efecto sobre cada factura
El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte. No es un porcentaje calculado sobre toda la factura final. El régimen tiene plazo hasta el 31 de diciembre de 2031, y la Secretaría de Energía debe reglamentar el procedimiento de asignación de recursos indicado por la norma.
La cobertura de Infobrisas, en Mar del Plata, concentra la atención en los requisitos de acceso y la aplicación pendiente; La Nación coloca esos cambios dentro de la reforma energética aprobada en septiembre. Ambas coberturas derivan del mismo marco normativo: son enfoques periodísticos distintos, no dos mediciones independientes del costo para los usuarios.
La ley contiene además un mecanismo condicionado de compensación de obligaciones con CAMMESA y cambios sobre electricidad, renovables e hidrocarburos. Esas disposiciones no prueban por sí mismas que se haya cancelado una deuda o transferido dinero a una empresa; requieren actos y determinaciones posteriores.
La lectura de La Red es que la decisión desplaza parte de la discusión desde la pertenencia territorial hacia las condiciones de acceso y la implementación. No basta con publicar la ley para conocer cómo se distribuirá el beneficio. Las disposiciones de Energía, los criterios operativos y las facturas comparables permitirán comprobar su alcance, sin anticipar cuántos hogares perderán ayuda o cuánto pagarán.
Fuentes y alcance
- Boletín Oficial · Ley 27.828 íntegra
- Infobrisas · cobertura desde Mar del Plata
- Boletín Oficial · Decreto 1161/2026 íntegro
- La Nación · reforma y antecedentes parlamentarios
Ley 27.828 íntegra (13 artículos) y Decreto 1161/2026 íntegro leídos, con sanción24/9, firma9/10 y publicación13/10 diferenciadas. La Nación, extracción completa de párrafos v2, e Infobrisas leídos: dependen de la misma ley/decreto; no relevamiento de facturas ni de beneficiarios. La primera extracción LN de446caracteres no era cuerpo completo y no se cuenta. “Hogar 2” se conserva como tipología INDEC, sin trasladar la identificación de dos personas presente en Infobrisas. No se auditó toda la normativa anterior ni se afirma comparación propia de porcentajes30/50, número de hogares excluidos, montos en pesos, litigios o hechos clínicos. Las expectativas de amparos y el juicio valorativo del tuit reproducido se excluyen; no se informa una demanda presentada. Contraste local Mar del Plata/nacional cualitativo, sin cuantificar agenda ni inferir silencio. Noticia de política económica y publicación normativa, no asesoramiento jurídico o sanitario individual.
Collage conceptual nuevo de La Red, asistido por IA con retrato oficial de Javier Milei de archivo del10/12/2023, Gobierno de Argentina, CC BY4.0 vía Wikimedia Commons. Adaptación: recorte, monocromo, trama y montaje. Radiador, medidor, ventana y papeles son ilustrativos: no registro de una firma, una vivienda afectada o facturas reales. Segunda imagen: gráfico informativo original de la redacción. Retrato oficial de archivo · CC BY 4.0



