Información desde el centro del círculo rojo14 Sep 2026 · Buenos Aires Edición digital
JUSTICIA / AUDIENCIA PREVISTA · 16 SEPT. · 3 min

Régimen penal juvenil: una audiencia pondrá el foco en la capacidad bonaerense

La jueza Marta Pascual fijó una audiencia para el 16 de septiembre tras dictar una suspensión preventiva por 60 días en la provincia. Pidió a las autoridades informar medidas y plazos.

Ilustración conceptual de un expediente; no reproduce documentos de la causa.
Arte editorial de archivo de La Red. Ilustración conceptual; no es una fotografía del acontecimiento.

La jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, fijó una audiencia para el 16 de septiembre a las 10. La convocatoria integra la resolución del 7/9 que suspendió preventivamente durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires. El expediente se inició por un habeas corpus de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

La copia de la resolución consultada, publicada por Class Actions en Argentina, pide que los responsables provinciales informen las medidas adoptadas y planificadas para implementar la ley, con sus plazos. La cautelar tiene alcance bonaerense y no constituye una derogación nacional ni una sentencia definitiva sobre todas las objeciones a la norma.

La reglamentación nacional y la capacidad provincial

El Decreto 875/2026, publicado el 7 de septiembre, reglamentó el nuevo régimen y designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. También dispuso mecanismos para supervisores, asistencia a víctimas y coordinación. Esas decisiones administrativas no acreditan por sí mismas que cada jurisdicción tenga listos sus equipos y establecimientos.

El fallo pone el foco en las condiciones materiales para alojar adolescentes. La magistrada vinculó la decisión con el seguimiento de un centro de Lomas de Zamora y con la necesidad de evitar un agravamiento de las condiciones de privación de libertad. La audiencia busca que el Ejecutivo provincial aporte respuestas verificables sobre implementación.

La medida también recibió cuestionamientos. MDZ informó el 8 de septiembre que el fiscal juvenil de San Isidro Andrés Zárate sostuvo que continuaría aplicando la nueva legislación. Esa declaración muestra una controversia entre operadores judiciales; no prueba que un tribunal superior haya revocado la cautelar.

La mirada de La Red

El seguimiento requiere unir dos planos: las facultades que establece la ley y los recursos con los que se ejecutan. Una respuesta provincial evaluable deberá identificar responsables, obras o dispositivos, personal y fechas. La discusión sobre la edad no reemplaza esa comprobación.

La próxima evidencia será el acta de la audiencia, si se realiza en la fecha fijada, junto con las presentaciones de las áreas provinciales y cualquier resolución posterior. Al corte de esta edición no se verificó una decisión superior que deje sin efecto la medida ni un cambio documentado de la convocatoria.

Fuentes y alcance

Se leyó la copia de la resolución judicial y se contrastó con la reglamentación y cobertura posterior. La audiencia está fijada, no realizada. No se afirma firmeza, aplicación uniforme en todos los juzgados ni revocación de la cautelar.

Revisión editorial: 14 de septiembre de 2026. Consultar el antecedente de La Red.