Información desde el centro del círculo rojo12 Sep 2026 · Buenos Aires Edición digital
AGENDA FEDERAL / MENDOZA Y LA PAMPA · 3 min

Los Nihuiles: Nación dejó a La Pampa sin regalías y abrió otra disputa por el Atuel

Un decreto nacional asignó a Mendoza la totalidad de las regalías hidroeléctricas del complejo. La Pampa perdió una participación que recibía desde 1973 y anunció que volverá a reclamar. El dinero y el uso del agua comparten ahora el mismo conflicto político, aunque no son la misma discusión jurídica.

Ilustración editorial del río Atuel entre Mendoza y La Pampa, con una compuerta que representa la distribución de regalías.
Portada: ilustración editorial original de La Red, 12/9/2026. No es una fotografía ni un mapa cartográfico. Tópico: Agenda federal; acento verde.

El Decreto 982/2026 cambió una regla con más de medio siglo. Desde el 11 de septiembre, el 12% que corresponde por regalías de la generación hidroeléctrica de Los Nihuiles queda íntegramente en Mendoza. La norma derogó el reparto en partes iguales que había establecido el Decreto 1560 de 1973 entre Mendoza y La Pampa.

En términos fiscales, el cambio es inmediato: Mendoza pasa del 6% al 12% y La Pampa deja de percibir el 6% que recibía. El Gobierno nacional justificó la decisión con el criterio de ubicación de la fuente hidroeléctrica: las centrales y los embalses están en territorio mendocino.

La propia norma reconoce que el reparto anterior había sido considerado válido y que en 1992 ambas provincias firmaron un acuerdo para distribuir esas regalías. El decreto no declara ilegal aquel esquema; decide reemplazarlo.

Lo que cambia y lo que sigue abierto

La decisión beneficia a Mendoza en momentos en que la provincia recuperó la administración de los bienes del complejo y prepara una nueva concesión privada por treinta años. Para La Pampa, en cambio, elimina un ingreso y reabre una discusión que nunca fue solamente presupuestaria.

El gobernador Sergio Ziliotto rechazó la medida y anticipó un reclamo. Su objeción vincula las regalías con el conflicto histórico por el río Atuel, cuyo caudal llega a La Pampa después de atravesar Mendoza. La reacción provincial importa, pero no convierte por sí sola el decreto en inválido: ese punto deberá ser discutido en el ámbito administrativo o judicial que corresponda.

Línea de tiempo editorial: reparto de regalías en 1973, acuerdo interprovincial en 1992, fallo ambiental en 2020 y cambio nacional en 2026.
Interior: línea de tiempo original de La Red elaborada con los decretos, el acuerdo citado por el Poder Ejecutivo y el fallo de la Corte. No representa equivalencia jurídica entre cada hito.

Regalías y caudal: dos planos que no deben mezclarse

La controversia por el dinero se superpone con otra causa: la recomposición ambiental del Atuel. En 2020, la Corte Suprema fijó como meta interina un caudal mínimo permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo en el límite entre las provincias. Ese fallo se refiere al agua y al daño ambiental; el decreto de 2026 se refiere a la distribución de regalías hidroeléctricas.

Ambas cuestiones forman parte de una misma relación federal, pero tienen objetos distintos. Presentar el decreto como una resolución del conflicto por el río sería incorrecto. También lo sería afirmar que el fallo ambiental decide automáticamente a quién pertenecen las regalías.

Qué conviene seguir

El próximo dato no es una nueva declaración, sino la vía concreta del reclamo pampeano: si pide una medida cautelar, si amplía actuaciones ante la Corte o si abre una negociación política. También habrá que controlar cómo se incorpora el nuevo ingreso al presupuesto mendocino y qué condiciones fija la futura concesión de Los Nihuiles.

Para las dos provincias, la discusión define algo más que una transferencia. Expone quién decide sobre recursos situados en una jurisdicción cuyos efectos económicos y ambientales cruzan una frontera interna.

Fuentes y alcance

La nota no calcula el monto anual de las regalías porque el decreto no lo fija y no se cotejó una liquidación oficial actualizada. Tampoco anticipa el resultado de una impugnación que todavía debe formalizarse.