La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida que suspendía durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. La decisión fue informada el 15 de septiembre por Quorum, El Termómetro y Tiempo Argentino. Actualiza el escenario que esta sección había presentado antes de la audiencia prevista para el 16.
Qué cambió
Según esas coberturas, el tribunal hizo lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal contra la cautelar dictada el 7 de septiembre por la jueza Marta Pascual. Los camaristas cuestionaron que una resolución provisoria suspendiera de manera general una ley nacional.
El seguimiento anterior describía una suspensión preventiva y una audiencia por realizarse. Esa suspensión fue dejada sin efecto por la Cámara. Esta actualización no afirma cuál fue el resultado de la audiencia anunciada ni que haya concluido toda la discusión judicial.
La capacidad de los centros sigue siendo una pregunta
Quorum y Tiempo Argentino distinguen el alcance de la decisión de los problemas materiales denunciados en los dispositivos juveniles. La revocación no acredita, por sí misma, que existan plazas, personal o condiciones suficientes para ejecutar el régimen.
El próximo seguimiento deberá contrastar las decisiones judiciales posteriores con la información provincial sobre los establecimientos y sus recursos. Esta nota no presenta la revocación de una cautelar como una certificación de las condiciones de detención ni como una solución al conjunto de los planteos sobre implementación.
Fuentes y alcance
- Quorum · revocación de la cautelar, 15/9
- El Termómetro · alcance de la decisión, 15/9
- Tiempo Argentino · condiciones de implementación, 15/9
La revocación se atribuye a tres coberturas coincidentes del 15/9. No se obtuvo copia íntegra de la resolución de Cámara ni el acta de la audiencia anunciada para el 16/9. No se afirma firmeza ni ausencia de recursos posteriores.
Revisión editorial: 21 de septiembre de 2026. Consultar el seguimiento anterior de La Red.



